El Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, Lcdo. Juan E. Dávila Rivera, informó la reapertura de más Juntas de Inscripción Permanente (JIP) a partir de mañana, viernes 12 de junio.
Con el propósito de continuar ofreciendo a los electores los servicios electorales necesarios para los eventos que se avecinan (nuevas inscripciones, reactivaciones, reubicaciones y transferencias, entre otros) se anuncia la reapertura de las siguientes JIP:
JIP | DIRECCIÓN | TELEFONO |
Barceloneta 025 |
Edificio Fidel Santiago
#12 Calle Georgetti Barceloneta Puerto Rico 00617 |
846-5560 Ext. 1101 |
Añasco 040 |
#38 Calle San Antonio Esq. Sergio Ramírez de Arrellano
Añasco Puerto Rico 00610 |
826-0241
Ext. 1061 |
Hormigueros 045 |
Estadio Hermanos Miura
Carr. 345 KM . 0 HM 9 Hormigueros, Puerto Rico 00660 |
849-8660 Ext. 1431 |
Guayanilla 058 |
Calle Rufina
Carr. 335 KM. 13 HM. 1 Guayanilla Puerto Rico 00656 |
835-2515 Ext. 1381 |
“Desde el pasado lunes que se reiniciaron las labores en las JIP, ya contaremos con veintiséis Juntas de Inscripción Permanente para atender las necesidades de los electores. Se ha trabajado arduamente con el proceso de desinfección de los locales para cumplir con el Protocolo de Prevención de Riesgos” expresó Dávila Rivera.
Además, se informa que las JIP continuarán funcionando como ISLA, en horario de 8:00 am a 4:00 pm y se atenderá público por medio de citas, con el propósito de garantizar la salud de nuestros empleados y el de nuestros visitantes ante la pandemia del COVID-19. Los electores pueden comunicarse al 787-777-8723 para citas. Los electores deberán utilizar mascarillas en todo momento.
Pendientes al portal cibernético www.ceepur.org y las redes sociales de la CEE para mas información.
Fijan proceso para recusaciones electorales
La Comisión Estatal de Elecciones acordó en su reunión ordinaria celebrada hoy, que el período de recusaciones que se vio interrumpido debido a la pandemia del Covid-2019, transcurra desde el 11 de junio y hasta el 11 de julio de 2020. Esta extensión del término original que había prescrito el 30 de abril de 2020, se aprobó de acuerdo con las facultades conferidas a la CEE.
Durante este período de 30 días las Juntas de Inscripción Permanente y las Comisiones Locales tramitarán las solicitudes de recusaciones que se presenten al amparo del Art. 6.017 del Código Electoral y el Reglamento del Trámite de Recusaciones.