El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos ‘Johnny’ Méndez Núñez, solicitó, mediante carta oficial, al presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Juan Dávila Rivera, que en el día de hoy puedan conocerse los resultados, de manera parcial de conformidad con el Código Electoral y los reglamentos y manuales aplicables.
“A causa del accidentado -y vergonzoso- proceso de votación en las primarias que celebran los principales partidos políticos puertorriqueños durante el día de hoy, los presidentes de éstos acordaron, suspender y continuar dicho proceso electoral el próximo domingo, 16 de agosto de 2020. No obstante, la votación se pudo realizar en cerca de sesenta (60) precintos alrededor de Puerto Rico. Ante este suceso, es evidente la necesidad de proteger la pureza y transparencia de los resultados de las primarias en los precintos donde la votación se pudo llevar a cabo”, lee parte de la misiva suscrita al Presidente de la CEE esta noche.
El Artículo 8.024 del Código Electoral de 2011, que aplica a las primarias en cuestión, dispone en lo pertinente que “[l]a Junta de Primarias será responsable del escrutinio de primarias de su precinto y deberá presentar a la Comisión un acta con los resultados. El acta se presentará dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la celebración de la primaria. La Comisión de Primarias reglamentará los procedimientos y formularios a ser utilizados por esta junta”. Por si cupiera duda, el Código Electoral de 2020 en su Artículo 7.20 (antiguo P. del S. 1314) contiene idéntico lenguaje.
Conforme el inciso H-5 del Manual de Procedimientos Primarias 2020, uno de los primeros pasos al concluir el proceso de votación es “[imprimir] una copia adicional del Acta de Escrutinio de Colegio, para entregar la misma a la Junta de Unidad e imprimirán una copia para cada uno de los funcionarios de colegio.”
“Ante este marco legal, es forzoso concluir que las juntas de colegios tienen una obligación legal de llevar a cabo el escrutinio de los votos emitidos en las primarias durante el 9 de agosto de 2020. Esto conlleva le impresión del acta de escrutinio de las máquinas de escrutinio y la entrega de copias a los funcionarios del colegio. Cualquier instrucción o acción contraria representa no tan solo una violación de ley, sino una sospecha adicional a un proceso ya matizado por problemas. En aras de promover la transparencia de los procesos, es necesario el cumplimiento estricto con las disposiciones legales y reglamentarias citadas”, añadió el líder legislativo.
“Por todo lo anterior, exigimos que la Comisión Estatal de Elecciones, en el día de hoy garantice que en el día de hoy puedan conocerse los resultados, de manera parcial de conformidad con el Código Electoral y los reglamentos y manuales aplicables. Actuar en contrario, sería una crasa violación a los derechos de los electores que acudieron en el día de hoy, en todo el archipiélago de Puerto Rico a emitir su voto de conformidad con nuestra Constitución”, sentenció Méndez Núñez.
“La administración del proceso del ejercicio del derecho constitucional al sufragio universal es una responsabilidad que la Comisión Estatal de Elecciones no puede rehuir. Ese es su principal propósito. Actuar en contrario le hace un pobre servicio al interés público tan importante para nuestra sociedad como la democracia misma”, finalizó diciendo el Presidente Cameral.
Esto va en línea con lo que solicitó el aspirante a la gobernación por el Partido Nuevo Progresista, Pedro Pierluisi, a través de un recurso legal.