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Tribunal Supremo paraliza divulgación de resultados parciales en el PPD

El PPD pretendía comenzar hoy con la divulgación de resultados producto de los votos emitidos el pasado domingo en el comienzo de la primaria.

El Partido Popular Democrático (PPD) no pudo comenzar a divulgar los resultados parciales de la primaria del pasado domingo, luego de que el Tribunal Supremo ordenara la paralización de este proceso.

La decisión que había tomado la Junta de Gobierno del PPD, a los fines de revelar los resultados obtenidos en los 36 precintos donde se pudo llevar a cabo el proceso primarista, representaba un desafío al acuerdo que alcanzó ese día con la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), en medio del caos por la falta de papeletas en la mayoría de los colegios electorales alrededor de la isla.

En ese entonces, las comisiones de primarias del PPD y el Partido Nuevo Progresista determinaron prohibir la publicación de los resultados parciales hasta tanto se completara el evento primarista en cada uno de los 110 precintos del país.

En el acuerdo de la CEE con las respectivas comisiones de primarias se estipuló que la continuación del evento electoral se produciría el domingo 16 de agosto, aunque al momento la controversia se encuentra en manos del Tribunal Supremo, luego de una serie de demandas presentadas por cuatro de los cinco precandidatos a la gobernación, así como múltiples aspirantes a otros puestos electivos.

“Se le advierte a todas las partes que los asuntos objeto de los recursos de certificación ante la consideración de este Tribunal se encuentran paralizados, incluyendo aquellos relacionados al conteo, escrutinio, y revelación de los votos emitidos en las primarias del pasado domingo. Por consiguiente, cualquier parte que desafíe nuestras órdenes se expone a ser referida a un procedimiento por desacato”, lee la resolución emitida por el Supremo esta mañana.

El documento detalla que los jueces asociados Erick Kolthoff Caraballo y Mildred Pabón Charneco no intervinieron en la decisión, aunque se aclara que el primero “continuará interviniendo en todos los asuntos de estos casos consolidados”.

Vea la resolución del Tribunal Supremo:

Resolución Supremo by Metro Puerto Rico on Scribd

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