Luego de un mes de que su residencia fuera allanada por las autoridades federales, la representante novoprogresista María Milagros ‘Tata’ Charbonier, fue acusada este lunes de participar de un supuesto esquema de fraude que incluye cargos criminales por soborno, robo, comisiones ilegales lavado de dinero y obstrucción a la justicia. Desde la cúpula de su colectividad le pidieron la renuncia inmediata a su escaño legislativo.
Más allá de estas imputaciones criminales, la carrera política de Charbonier no ha estado exenta de señalamientos éticos en su práctica como abogada. La legisladora del Partido Nuevo Progresista (PNP) ha enfrentado tres procedimientos disciplinarios ante el Tribunal Supremo en 2002, en 2015 y 2020.
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Días después que trascendiera que la residencia de Charbonier había sido allanada por agentes del Negociado de Investigaciones Federales (FBI, por sus siglas en inglés), el Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió de la práctica notarial a la legisladora por seis meses debido a violaciones a la Ley Notarial y a los Cánones de Ética de la profesión legal. Este episodio en el Tribunal Supremo provocó que Charbonier perdiera la presidencia de la Comisión de Ética en la Cámara de Representantes.
Este proceso legal en el Tribunal Supremo, sin embargo, incluye señalamientos contra Charbonier por no entregar documentos requeridos para la firma de un contrato de compraventa y no asesorar a las partes sobre la imposibilidad de otorgar dicho contrato debido a obstáculos con una sucesión. Asimismo, en el proceso salió a relucir que Charbonier alegó que su firma había sido falsificada. Sin embargo, el informe del Procurador General encontró que dichas alegaciones de Charbonier fueron falsas.
De acuerdo con dicha decisión, el 21 de octubre de 2011, la señora Carmen Ramos presentó una queja disciplinaria contra Charbonier luego de que le pagara honorarios para que le gestionara una escritura de compraventa sobre un bien inmueble.
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Luego de varios atrasos y no lograr comunicación con Charbonier, Ramos indicó que no pudo obtener una exoneración contributiva del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), por lo que se le estaba cobrando se le estaba cobrando $10,863.62.
Charbonier, entonces, alegó que las contenciones de Ramos eran “falsas, viciosas y malintencionadas”.
El máximo foro judicial determinó que Charbonier violentó los artículos 11, 12, 58 y 59 de la Ley Notarial ya que “no notificó al Departamento de Hacienda la Planilla Informativa de Segregación, Agrupación o Traslado de Bienes Inmuebles, luego de otorgar una escritura de compraventa; no incluyó la juramentación del contrato entre el señor Nazario Sánchez y la señora Ramos Feliciano en su Índice Notarial del mes de febrero de 1999, adjudicando a otra juramentación el número que le hubiese correspondido (4,193); y no registró el referido juramento en su Registro de Testimonios”.
Asimismo, el Tribunal Supremo señaló que Charbonier violó tres cánones de Ética Profesional de los Abogados de Puerto Rico. La representante infringió los cánones 18, 35 y 38 ya que “mostró falta de competencia o conocimiento en el desempeño de sus funciones notariales; faltó a su deber de honestidad tanto en el desempeño de profesión como en el presente proceso disciplinario y desplegó una conducta que no exalta el honor y la dignidad de la profesión”.
Entre las faltas a los cánones de Ética, según el Tribunal Supremo, está que Charbonier no informó que el señor Nazario Sánchez —quien pretendía venderle un inmueble a Ramos— no podía transmitir el título de la propiedad a la señora Ramos ya que la propiedad constaba a favor de una sucesión.
Adicional a ello, determinaron que Charbionier faltó a su deber de honestidad como abogada y notaria ya que le constaba que recibió el pago de la propiedad de parte de la señora Ramos —quien presentó la querella—, pero en el contrato, Charbonier dio fe de que recibió la suma de parte de la hija de Ramos.
Luego, el Tribunal Supremo también resaltó como una infracción a los Cánones de Ética que Charbonier aseguró que nunca firmó o autorizó dicho contrato entre las partes y alegó que su firma había sido falsificada. Sin embargo, un informe forense certificó que la firma en el contrato no había estado sujeta a falsificación y que esta le correspondía a Charbonier. “No obstante, aun cuando existía dicho informe pericial, la referida letrada insistió en su alegación de que su firma y sello habían sido falsificados”, reza la decisión del máximo foro judicial.
La representante, quien hoy fue acusada por un Gran Jurado federal, tuvo otras dos citas adicionales en el Tribunal Supremo por señalamientos éticos durante su gestión como abogada notaria.
En 2002, la primera queja disciplinaria que presentaron en su contra, Charbonier fue censurada por el Tribunal Supremo por autorizar una declaración jurada “previamente impresa sin borrar o tachar del texto y del juramento los nombres de dos personas que no comparecieron ante ella, posteriormente firmaron como si hubiese sido en su presencia”. En ese caso, el máximo foro judicial no impuso mayores penalidades a Charbonier debido a que se trató de su primer caso ético.
Luego en 2015, Charbonier volvió a ser eje de una controversia ética en el Supremo ante inexactitudes en sus facturas al Municipio de Canóvanas. Según reportes de prensa de aquel momento, Charbonier habría cobrado por servicios legales que nunca prestó entre 2002 a 2003. Aunque la querella fue archivada por el Tribunal Supremo, el máximo foro censuró a la representante por violentar el Canon 35 de los Cánones de Ética Profesional.