El Senado aprobó el lunes la Resolución Conjunta del Senado 599 la cual pretende exigir al Congreso, así como al presidente de los Estados Unidos que “reconozcan, acepten y hagan valer” los resultados del plebiscito de estatus que se realizó el pasado 3 de noviembre conjuntamente con las elecciones generales.
Asimismo, dio paso al Proyecto del Senado 1674 que propone la creación de la “Ley para Implementar la Petición de Estadidad del Plebiscito de 2020” la cual dispone de los procedimientos y parámetros que regirán la celebración de toda consulta electoral cuyo propósito sea hacer valer el resultado del plebiscito del “Si” a la estadidad (52 por ciento) provocado por el voto de 623,053 electores. El “No”, fue la alternativa que 567,346 electores eligieron, representando así el 48 por ciento del universo de electores.
Ambas medidas fueron avaladas con el voto de la mayoría de los senadores el primer día de la presente Sesión Extraordinaria convocada por la gobernadora Wanda Vázquez Garced con 34 piezas legislativas para la consideración de los legisladores.
“Es fundamental que todo puertorriqueño entienda que la determinación del pueblo de Puerto Rico, por tercera ocasión, a favor de la estadidad, constituye un mandato de política pública y es deber del gobierno proveer recursos para seguir reclamando la igualdad para que haya más fondos para salud, educación, vivienda, envejecientes y que la calidad de vida de los puertorriqueños jamás caiga como ha caído la de los hermanos venezolanos (en alusión a la dictadura del presidente Nicolás Maduro)”, reclamó el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, en su turno para defender ambas piezas legislativas.
“Tenemos la autoridad moral que nos da el mandato inequívoco del pueblo de Puerto Rico por tercera ocasión para reclamar igualdad plena, para que seamos reconocidos como ciudadanos americanos de primera y para que no sean las cortes federales las que poco a poco han ido reconociendo los derechos de los ciudadanos como lo es el seguro social, casos criminales y otros de nuestros derechos como ciudadanos americanos. Para que sea el pueblo, como ha ocurrido en tres ocasiones, el que reclame esa igualdad plena y que cada hijo de esta tierra pueda tener en Puerto Rico pueda tener la oportunidad de desarrollarse al máximo de sus capacidades. Hoy estamos dándole paso a la voluntad del pueblo”, aseveró Rivera Schatz.
En su turno, el senador Juan Dalmau, del Partido Independentista Puertorriqueño, arremetió contra el proyecto 1674, al que calificó de “un asalto de $1,250,000 de fondos del pueblo para miembro de la Comisión de Igualdad para darse vida en DC y entrega de poderes legislativos a(l gobernador electo Pedro) Pierluisi para convocar plebiscito”.
En torno al reclamo de anexión inmediata de Puerto Rico como estado, el presidente del Senado, autor de la Resolución Conjunta del Senado 599, estableció en la pieza legislativa que 122 años de “desigualdad territorial han sido demasiados” haciendo alusión a que Puerto Rico pertenece a Estados Unidos como resultado de la Guerra Hispanoamericana del 1898 y desde el 1952 es un Estado Libre Asociado (ELA).
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“Después de cinco plebiscitos de estatus político realizados en el 1967, 1993, 1998, 2012 y 2017, y de la claridad de los resultados del más reciente en noviembre 2020, el gobierno federal debe poner fin al injusto y fracasado estatus territorial. Los ciudadanos americanos de Puerto Rico continúan siendo el territorio más antiguo y poblado del mundo, lo que representa una insostenible contradicción para los valores democráticos de nuestra Nación”, indicó Rivera Schatz en la medida radicada a principios de la semana pasada.
Conforme a lo dispuesto en la Ley 51-2020 conocida como “Ley para la Definición Final del Estatus Político de Puerto Rico” la cual viabilizó la consulta plebiscitaria, se informa mediante la Resolución aprobada hoy que los representantes autorizados por el” ante el gobierno federal para canalizar todo asunto relacionado con la petición de igualdad son el gobernador de Puerto Rico (Pedro Pierluisi quien juramenta al cargo en semanas), la comisionada residente en Washington Jenniffer González Colón y la Comisión de Igualdad para Puerto Rico.
Precisamente, sobre un asunto que involucra a la Comisión de Igualdad el Senado también dio paso al Proyecto del Senado 1674 de la Mayoría parlamentaria. Con dicha pieza legislativa se pretende implementar y apoyar los propósitos de la Ley 51-2020, incluyendo la coordinación y ejecución de la transición de la estadidad ordenada en esta.
Asimismo, el Proyecto autoriza al gobernador a tomar las medidas “que sean necesarias”, incluyendo el método de Orden Ejecutiva, dentro del marco de “fin público” para hacer la voluntad electoral mayoritaria en el plebiscito. El presidente del Senado aclaró en su turno que no se están quitando facultades de la Asamblea Legislativa.
Según la pieza legislativa “fin público” es, conforme a la Sección 9 del Artículo VI de la Constitución de Puerto Rico, la utilización de propiedades y fondos públicos para el sostenimiento de las instituciones del Estado, y en todo caso por autoridad de ley.
El Proyecto senatorial también establece las reglas “para agilizar y garantizar” que en caso de que sea necesario, el pueblo pueda acudir a las urnas para hacer valer “su voluntad electoral” expresada en noviembre de 2020. Todo esto incluyendo cualquier votación que sea necesaria para responder a cualquier petición, propuesta, respuesta o ratificación electoral relacionada con el estatus político de la Isla que sea planteada o solicitada por el Congreso, el Presidente o ambos.
La consulta electoral, que puede coincidir con las elecciones generales, se podría llevar a cabo con una papeleta avalada por el Departamento de Justicia federal.
La pieza legislativa establece claramente que ningún asunto o asignación de fondos relacionados con las Leyes 51-2020 y 30+-2017 será consultada con la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) por “carecer de jurisdicción y facultad para ello” según dispuesto en la sección 402 de la propia ley federal PROMESA la cual indica que Puerto Rico tiene el derecho a establecer su propi estatus político.