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Supremo deniega petición de Miguel Romero para desestimar impugnación de Manuel Natal

El alcalde alega que Natal falló en emplazarlo dentro de los términos correspondientes

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El Tribunal Supremo decidió por mayoría 6-2 rechazar el pedido de certificación que presentó el alcalde de San Juan, Miguel Romero, para que acogiera y desestimara el recurso de impugnación de elección de parte del candidato del Movimiento Victoria Ciudadana, Manuel Natal.

Romero, del Partido Nuevo Progresista, buscaba que el máximo foro determinara que Natal había incumplido con los términos del Código Electoral para el emplazamiento correspondiente y, de esa forma, desestimara sin entrar en los méritos la impugnación sometida el pasado 14 de enero.

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“A la solicitud de certificación intrajurisdiccional y a la Moción urgente para que se paralicen los procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia presentadas por la parte peticionaria Miguel A. Romero Lugo, se provee no ha lugar a ambas”, dicta la resolución del Tribunal Supremo.

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Natal, quien señaló públicamente a Romero de “esconderse” para evitar ser emplazado, ha planteado que cumplió con todos los trámites procesales correspondientes para que el caso se atienda en sus méritos.

El caso de impugnación lo atiende en el Tribunal de San Juan el juez Anthony Cuevas.

En la resolución del Tribunal Supremo, el juez asociado Edgardo Rivera García emitió una expresión disidente, a la que se unió la jueza Mildred Pabón Charneco.

“Considero que ante la importancia que reviste este asunto y el interés público que permea la controversia ante nos, así como el planteamiento sobre la falta de jurisdicción, hubiera provisto Ha Lugar y. certificado el mismo. Aunque ciertamente reconocemos que la controversia es una procesal, considero que plantea un asunto novel y que amerita la más pronta adjudicación final. Además, somos del criterio que este es un asunto que amerita urgencia porque es imperativo que este Tribunal actúe para impartirle certeza al proceso que incide sobre los funcionarios certificados por la Comisión Estatal de Elecciones y que ya están desempeñando funciones en los cargos para los que fueron electos”, expresó Rivera García.

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La impugnación de Natal, en síntesis, sostiene que hay 6,593 papeletas municipales de voto adelantado y ausente “ilegales”, ya sea porque la cantidad excede el total de electores de esas modalidades, porque no cuentan con un tracto evidenciado en las actas o porque carecían del doblez típico de las papeletas que se insertan en un sobre.

Natal perdió la elección por 3,465 votos, siendo la unidad 77 –donde se contabilizan la mayoría de los mecanismos de voto adelantado en cada precinto– decisiva en el resultado. El exrepresentante solicitó, como remedio, una nueva elección entre los electores de esa unidad.

Desiste candidato de Barranquitas

De otro lado, Luis Daniel Colón Santos, quien aspiró a la alcaldía de Barranquitas por el Partido Popular Democrático, desistió de la impugnación que había presentado contra el ganador de la elección, el novoprogresista Elliot Colón Blanco.

“Vista la Moción sobre aviso de desistimiento presentada por la parte demandante, este Tribunal la declara Ha Lugar. En su consecuencia se dicta Sentencia de desistimiento”, indica la sentencia del juez Cuevas.

Según el portal de la Comisión Estatal de Elecciones, Colón Blanco retuvo la alcaldía barranquiteña por 165 votos sobre Colón Santos.

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