La Comisión de Gobierno, presidida por el representante Jesús Manuel Ortiz González, realizó el lunes una vista pública sobre el Proyecto de la Cámara 533, proveniente del ejecutivo y sometida por la delegación del Partido Nuevo Progresista, con el fin de proveer los mecanismos a los trabajadores pensionados por retiro, por edad o por años de servicio, retirados mediante programas de retiro incentivado, y empleados que renunciaron de manera incentivada como parte del Programa de Transición Voluntaria.
Este programa propone que el retirado pueda desempeñarse a partir del 1 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024, en un empleo regular parcial que, en tiempo no exceda la mitad de la jornada regular de trabajo, y que la retribución no sea mayor de la mitad de la que corresponde a la misma posición si fuera en jornada completa, independientemente de la existencia de cualquier acuerdo suscrito que prohíba su regreso al servicio público.
Según la exposición de la medida, “mediante la Ley 187 de 2 de mayo de 1952, según enmendada, conocida como “Ley para Disponer la Suspensión del pago de Anualidades o Pensiones a los Empleados Públicos Retirados o Pensionados cuando ocupen puestos retribuidos en el Gobierno de Puerto Rico” , se estableció que el pago de la anualidad por pensión o retiro que perciba cualquier persona del gobierno de Puerto Rico o de cualquiera de sus agencias e instrumentalidades, o de cualquier fondo de retiro o pensión creado bajo las leyes de Puerto Rico, o que en futuro creare, será suspendido al ocupar dicha persona un cargo o puesto retribuido en el gobierno de Puerto Rico o en cualquiera de sus agencias, instrumentalidades o subdivisiones políticas, o tan pronto empiece a devengar retribución por servicios que preste al gobierno de Puerto Rico o a cualquiera de sus agencias, instrumentalidades o subdivisiones políticas”.
“Consideramos que la intención y disposiciones de la medida están de acuerdo a los parámetros que se han legislado para que un pensionado pueda aportar a las iniciativas y trabajos que se realizan en el servicio público”, expresó el subdirector de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH), Gustavo Cartagena, quien además apoya el proyecto de ley, ya que según él, le imparte uniformidad y justicia a los pensionados del sistema gubernamental, en vista de que algunos pudieran estar interesados en regresar a laborar mediante una jornada parcial y el ordenamiento jurídico actual se lo impide.
El subdirector añadió, que, al presente asunto, es primordial la participación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), toda vez que al momento rige sobre el mismo la OE 2021-03- de 2 de enero de 2021.
De la misma manera, se pronunció a favor del proyecto, la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de PR (AAFAF), por conducto del asesor especial del Departamento Legal, Jean Peña Payano. “Desde un punto de vista socioeconómico este tipo de medida es positiva porque permite incrementar los ingresos de nuestros pensionados, un sector vulnerable que ha visto mermado sus recursos ante el alza en costo de vida y las reformas a sus sistemas de pensiones” expresó el asesor especial.
Por otro lado, la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico, reconoce que en los pasados años se han pensionado recursos invaluables para el gobierno de Puerto Rico. Estos recursos cuentan con memoria histórica de muchas de las entidades gubernamentales, son de difícil reemplazo por su amplio conocimiento en la gestión gubernamental. “Recomendamos que se aclare que los pensionados retirados por edad o por años de servicio, así como aquellos retirados mediante programas de retiro incentivado, y que deseen volver a reintegrarse a la fuerza laboral gubernamental a tiempo completo, lo puedan hacer, siempre y cuando notifiquen esta determinación a Retiro para que suspendan su pensión temporalmente, mientras se desempeñen en un empleo a tiempo completo en el gobierno de Puerto Rico y sus instrumentalidades”, expresó el director ejecutivo de la Junta de Retiro, Luis Collazo Rodríguez en comunicación escrita.
Además, recomendó que se incluya a la Junta de Retiro como una de las entidades que, en conjunto con la OGP y la OATRH, adopten las medidas, normas y reglamentos que han de regir el proceso centralizado de reclutamiento de estos pensionados del Gobierno.
Según Collazo Rodríguez, actualmente hay 47,408 pensionados del sistema de retiro de maestro; 119,000 pensionados y beneficiarios del sistema de gobierno central; y alrededor de 400 pensionados del sistema de retiro de la judicatura. “Eso es entre pensionados y beneficiarios”, agregó.
Por otra parte, la OGP, representada por Roberto Rivera, indicó que “en términos presupuestarios, el Presupuesto Propuesto para el Año Fiscal 2021-2022, incluye la cantidad de 9 millones de dólares bajo la custodia de OGP para el “Programa Empleo para Retirados” con el fin de promover trabajo a empleados públicos retirados, sin afectar sus beneficios de retiro. Cabe destacar que esta cantidad estaría sujeta a la aprobación de la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico (JSAF)”.
Además, dijo que se ha desarrollado un Plan Fiscal en cumplimiento con los requisitos dispuestos por la JSAF y sugirió consultar, además, con la AAFAF, con la OATRH y con la Administración de los Sistemas de Retiro, ya que estas agencias cuentan con la información necesaria para una evaluación completa de la medida.
Por otro lado, asistió Perla Rivera – en representación del Departamento de Justicia – la cual expresó en su ponencia que es necesario tomar en cuenta tanto las disposiciones de PROMESA respecto al plan fiscal aprobado por la JSAF, como las medidas implementadas por la AAFAF para darle cumplimiento. “Recomendamos que se ausculte el análisis de la AAFAF sobre la medida, toda vez que sus señalamientos son esenciales para asegurar la viabilidad de este proyecto. Además, debería recibirse el insumo de la OGP y del Departamento de Hacienda”.
El Departamento de Justicia no observa impedimento legal a la aprobación de esta medida, no obstante, recomienda que se consulte con al AAFAF, con la OATRH, con la OGP y el Departamento de Hacienda sobre su posición respecto al posible impacto económico en las arcas de las agencias de gobierno que conlleva la implementación de este proyecto de ley, de ser aprobado. “De estas agencias determinar que el gobierno cuenta con los fondos necesarios para la implementación de la medida y esta es cónsona con el Plan Fiscal, recomendamos favorablemente la aprobación de esta medida”, puntualizó Rivera.
Al concluir, el presidente de la Asociación de Pensionados, Roberto Aquino García cuestionó el porqué de la restricción de fecha, y a su vez, sugirió que la medida tuviera fecha de inicio con caducidad indefinida. También, sugirió que con la aprobación de esta medida se establezca un registro de pensionales elegibles por profesión en la OATRH del Gobierno como parte de la instrumentación de la ley.
“Continuaremos atendiendo la medida para auscultar la posibilidad de salvaguardar las preocupaciones que surgieron en la vista por parte de todos los miembros de la comisión presentes en la vista. Desde aspectos presupuestarios hasta su viabilidad constitucional. Trabajaremos con el ejecutivo para ver si los señalamientos pueden ser subsanados”, concluyó el representante Ortiz González.