El presidente de la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (Utier), Ángel Figueroa Jaramillo, aseguró que no compareció hoy a una vista judicial ya que no fue emplazado como parte de la demanda que presentó la empresa LUMA Energy en contra del sindicato.
Más temprano, el juez Alfonso Martínez emitió una orden de entredicho provisional en la que le prohíbe a la Utier limitar o bloquear los acceso a las instalaciones de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) a funcionarios o personal de la empresa LUMA Energy. Durante la vista, el juez reconoció que Figueroa Jaramillo ni la Utier fueron emplazados por la parte demandante ya que el emplazador no los pudo localizar.
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“Una vez evaluemos con nuestra representación legal el contenido del entredicho determinaremos las próximas acciones a seguir. Quiero aclarar además que la UTIER y este servidor no fueron emplazados para participar de la vista del día de hoy. Decir que la UTIER y Jaramillo no fueron es un error y le falta a la verdad”, dijo Figueroa Jaramillo mediante declaraciones escritas.
“Nuestro objetivo es y seguirá siendo llevar la verdad al país. Llevar la verdad sobre el contrato con LUMA que es un contrato nefasto para el país. Un contrato que aumenta la tarifa. Un contrato que le paga a los ejecutivos de LUMA $325 dólares la hora. Un contrato que el pueblo rechaza y que pide su cancelación”, añadió el líder sindical.
La orden, la cual tendrá una vigencia de 10 días, le impide a manifestantes identificados con dicha entidad limitar o bloquear el acceso a las instalaciones de la AEE.
“Esencialmente, [el entredicho provisional] irá dirigido a que se garantice el acceso a estas plantas de modo que se puedan proveer los servicios esenciales de los cuales dependen el pueblo de Puerto Rico”, indicó el juez durante una vista judicial celebrada por videoconferencia. El juez le impuso a LUMA Energy una fianza de $5,000 y señaló una vista para el 11 de junio en donde se evaluará si procede la concesión de un interdicto permanente contra la Utier. A dicha vista, según Martínez, se deberá citar a la Policía de Puerto Rico.
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El juez, sin embargo, puntualizó que la orden no se traduce en una limitación al derecho a la libertad de expresión, por lo que indicó que este deberá ser protegido. Ante esto, comentó que la Policía deberá acatar la orden 625 en torno al manejo de multitudes.
En síntesis, la empresa LUMA Energy solicitó al Tribunal a que emita un entredicho provisional que le requiera a los demandados que desistan de intentar bloquear o limitar el acceso a instalaciones de la AEE, a oficinas del sistema de transmisión y distribución de la red eléctrica del país o a locales donde LUMA Energy realice actividades. Asimismo, pidieron al tribunal que conceda dicho recurso y le requiera a los demandados que desistan de bloquear accesos de carreteras que conduzcan a estas instalaciones y que eviten recurrir a actos de intimidación a personas asociadas a LUMA.