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Abogada de Rosselló solicita paralización de orden que impide certificación del exgobernador

La propia abogada Roxanna Soto Aguilú reconoció en su contestación a la demanda que Ricardo Rosselló reside en Virginia, contrario a las disposiciones de la Ley 167

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A través de la abogada Roxanna Soto Aguilú, el exgobernador Ricardo Rosselló Nevares sometió una moción de paralización de la orden provisional que emitió ayer la jueza Rebecca De León Ríos, y que impide a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) certificarlo como cabildero estadista a pesar de haber entregado toda la documentación requerida.

De León Ríos emitió el remedio ante las dudas que han planteado los comisionados electorales de varios partidos, encabezados por Nelson Rosario, del Proyecto Dignidad, sobre si Rosselló Nevares cumple con los requisitos de domicilio electoral y residencia establecidos en el Código Electoral y la Ley 167-2020.

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Hoy, precisamente, la CEE recibió evidencia de que, desde el 29 de enero, Rosselló Nevares estuvo registrado como elector en Virginia, estado donde igualmente mantenía una licencia de conducir. La propia Soto Aguilú argumentó en la contestación a la demanda de Rosario que Rosselló Nevares no pudo ser emplazado en la residencia de San Juan que ha definido como domicilio electoral porque desde hace dos años reside en Virginia “por razones de trabajo y desarrollo familiar”.

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La Ley 167, sin embargo, claramente establece que los cabilderos deben ser residentes de Puerto Rico o la capital federal. Virginia es un estado colindante con Washington DC.

Rosselló Nevares permanecía como elector activo en Virginia al momento de la elección especial el 16 de mayo, toda vez que el Departamento de Elecciones de Virginia sometió copia a la CEE de una solicitud que el exgobernador presentó el 9 de junio para ser removido del registro.

Metro solicitó a la Administración de Tribunales copia de la moción de paralización presentada por Soto Aguilú, así como de la determinación por escrito de De León Ríos, que constan en el resumen del expediente en el portal del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos, pero al momento de publicación no se habían suministrado.

Las partes del caso, que incluyen a la CEE y los comisionados electorales, tenían hasta hoy a las 5:00 p.m. para someter sus argumentos por escrito, luego de la vista oral celebrada ayer, donde la jueza emitió la orden provisional.

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Rosselló Nevares estuvo presente en la vista, que se llevó a cabo mediante videoconferencia.

Paralelo al proceso que se celebra sobre su posible inelegibilidad para ocupar uno de los seis escaños como cabildero, el Departamento de Justicia, tras referidos de los comisionados electorales del Proyecto Dignidad, Partido Popular Democrático, Partido Independentista Puertorriqueño y Movimiento Victoria Ciudadana, se encuentra investigando si los votos ausentes que emitieron Rosselló Nevares y su esposa, Beatriz, podrían constituir una instancia de fraude electoral.

El comisionado alterno del Partido Nuevo Progresista, Edwin Mundo, dijo hoy que, al someter la documentación requerida para ser certificado como ganador, Rosselló Nevares declaró bajo juramento que mantiene domicilio electoral y residencia en San Juan. Según Mundo sería al menos la tercera vez que Rosselló Nevares presenta esa declaración bajo juramento, pues también lo ha hecho al solicitar votos ausentes en pasados eventos.

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