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Fallido el proceso de participación ciudadana en el establecimiento de torres de telecomunicaciones

El procesamiento automático de solicitudes en la Oficina de Gerencia de Permisos no considera la intervención de residentes ni el impacto al ambiente, mientras los tribunales actúan cuando ya las construcciones están en marcha.

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Del CPI

Eran cerca de las ocho de la mañana y Damaris Echevarría se encontraba sola en su apartamento en el sector Goyito Muñiz de Aguada, cuando comenzó a escuchar gritos que provenían del exterior llamando al dueño de la residencia. Al asomarse por la ventana, vio a decenas de agentes de la Policía rodeando la propiedad. Con dificultad por las botas estabilizadoras que lleva en ambos tobillos debido a un accidente durante el impacto del huracán Irma, salió extrañada para ver qué sucedía.

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“Cuando yo salgo, eran como 60 agentes rodeando la casa, algunos de ellos en la propiedad privada. El capitán me muestra una orden judicial para remover un vehículo del camino para permitir que pasara la maquinaria de [la compañía] Innovattel para la construcción de la torre”, relató.

En ese momento, un vagón de uno de los vecinos estaba estacionado al lado del estrecho camino. Aquella orden para removerlo la solicitó la empresa Innovattel Properties para lograr acceso a una propiedad para instalar una torre de telecomunicaciones, ya que impedir el paso había sido la estrategia de la comunidad para evitar el progreso del proyecto. Innovattel es una de decenas de empresas de construcción que instalan torres en Puerto Rico y luego alquilan espacios a las grandes compañías de telecomunicaciones y servicio celular para que instalen sus antenas de telefonía e internet.

Echevarría conocía sobre la obra de construcción, pero aquel 12 de julio de 2018 confirmó que la constructora estaba tomando la ofensiva para retomar los trabajos a pesar de que no había cumplido con los procesos que exige el Gobierno, según habían documentado los vecinos.

Goyito Muñiz es una de 35 comunidades que el Frente de Comunidades Contra la Proliferación de Antenas ha documentado que han sido impactadas por obras de desarrollo de infraestructura de telecomunicaciones en Puerto Rico durante los últimos 15 años. Estos barrios y sectores, donde viven unos 2,500 residentes, se enfrentan a varias empresas que inician obras de construcción sin cumplir con los requisitos de ley, alteran la paz, destruyen sus carreteras y acosan a los residentes con el respaldo de la Policía, encontró una investigación del Centro de Periodismo Investigativo.

Las empresas QMC Telecom Company e Innovattel Properties enfrentan, en total, cuatro pleitos en tribunales de primera instancia y de apelaciones actualmente, y todos los casos han sido llevados por residentes de las comunidades donde estas empresas se disponían a instalar una estructura de telecomunicaciones. Un quinto caso de este tipo incoado por comunidades de Naranjito fue desistido debido a que la comunidad se cansó de esperar una determinación del tribunal y que quedaron sin fondos para los costos legales. Las denuncias son mayormente por la falta de notificación adecuada a los vecinos colindantes sobre la obra, incumplimiento con requisitos de distancia mínima a la residencia más cercana o por haber iniciado la construcción sin contar con un permiso de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe).

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Estas constructoras se dedican únicamente a instalar las torres de telecomunicaciones. Y para evitar que se construyan demasiadas donde solo hay antenas de una sola compañía, la Ley 89 del 2000 sobre la construcción de torres de telecomunicaciones en Puerto Rico dispuso la norma de coubicación de antenas de varios carriers en una sola estructura. Para la instalación de una torre se requiere que la constructora mantenga contrato con al menos una compañía de celulares.

Al menos 22 comunidades en Puerto Rico han denunciado a estas y otras empresas ante las agencias y tribunales por incumplir con los debidos procesos de permisos y de participación ciudadana. Se trata de un problema sistémico que surge de la reglamentación de la Junta de Planificación (JP) que utiliza la Oficina de Gerencia y Permisos para otorgar este tipo de permiso.

El ambiente y la población al margen del proceso

Para la aprobación de solicitudes de permisos de torres en los pasados siete meses, la OGPe se guía por los procedimientos establecidos en el Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos, conocido como Reglamento Conjunto, que entró en vigor en enero de este año.

Ese reglamento fue declarado nulo por el Tribunal de Apelaciones en dos ocasiones en abril, y así lo confirmó este mismo foro en una tercera determinación en la que confirma que el documento vigente es la versión de 2010. La Junta de Planificación recurrió al Tribunal Supremo para que revisara las determinaciones anteriores, sin embargo dicho foro se negó a atender la solicitud de esta agencia. Por lo tanto, el documento vigente sigue siendo la versión de 2010.

La empresa constructora Innovattel Properties solicitó un permiso a la OGPe para la construcción de una torre en Cañaboncito, Caguas. La comunidad ha denunciado que en dicho barrio no se puede construir porque allí se encuentran la paloma turca y la boa puertorriqueña, ambas en peligro según el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos. Además, el terreno es propenso a deslizamientos según una investigación de suelo encargada por el municipio.El camino de acceso al área es muy angosto, lo cual, a juicio de la comunidad, lo hace un terreno incómodo para el tipo de maquinaria que se utilizará para instalar la torre, pues necesitarían invadir propiedad privada en el proceso.

Omar Saadé, abogado ambientalista que ha atendido decenas de casos sobre el tema de torres durante la pasada década, asegura que la raíz del problema es que OGPe procesa las solicitudes de manera rápida, lo que se conoce como un permiso ministerial. El Reglamento Conjunto establece que hay dos maneras de procesar un permiso de construcción: de carácter ministerial o de carácter discrecional.

La distinción entre ambos es importante. Un permiso ministerial es aquel que la agencia procesa automáticamente si la empresa solicitante cumple con unos requisitos básicos específicos, como cumplir con una distancia mínima a la residencia más cercana, que consta de la altura de la torre más el 10% de esta medida. Mientras, el permiso discrecional lo atiende la Junta Adjudicativa de la OGPe, donde participa un vecino de la comunidad, y, de esta manera, se acepta o deniega la solicitud de construcción, según el caso.

Las empresas que solicitan un permiso de construcción ante la OGPe de manera electrónica a través del portal único de tramitación digital someten una serie de documentos enlistados en la plataforma, y es responsabilidad de la OGPe identificar si se evalúa como un caso ministerial, rápido, o discrecional.

La gerente de Infraestructura de OGPe, Ileana Garay, aclaró que “las torres de telecomunicaciones son [permisos] ministeriales, pero todo depende de la clasificación de los terrenos. Además, tiene que cumplir con unos parámetros de distancia y radio de seguridad. Si no cumplen con eso, dejan de ser [permisos] ministeriales”.

Saadé resaltó que se están tramitando los permisos ministeriales o rápidos erróneamente porque “precisamente para eso está la Ley [sobre la Construcción de Torres de Telecomunicaciones de Puerto Rico], para que se consideren los intereses de la comunidad que está alrededor, y eso no ocurre”.

La agencia dijo que no puede precisar cuántos permisos ministeriales y cuántos discrecionales se han otorgado en el último año.

Procesar de manera rápida todos los casos para la construcción de torres implica que los residentes son notificados sobre la obra de construcción cuando el proceso de solicitud de permiso está por concluir. A causa de ello, el término que tienen para solicitar intervención en el proceso y conseguir fondos para costear asistencia legal antes de que se otorgue el permiso es más limitado, y aún ese corto término ha sido ignorado por la OGPe, según el licenciado Jesús Morales, que ofrece apoyo legal a varias comunidades y a través del programa de Asistencia Legal de la Universidad de Puerto Rico.

“Es una hipocresía que los traten como permisos ministeriales y a la misma vez notifiquen para dar participación al público”, opinó Saadé sobre la falta de oportunidades suficientes de participación ciudadana. 

Una de las herramientas que tiene la ciudadanía para participar en la otorgación de un permiso es mediante una solicitud de intervención: cualquier persona dentro de una distancia de 100 metros alrededor de la torre que tenga un interés legítimo en el proceso puede demostrar por qué interesa participar, y así se le considere opinar en el procedimiento.

Juan Vélez, quien reside en el barrio Jaguas, Gurabo, recuerda cuando QMC Telecom inició la construcción de una torre en su comunidad en 2017, justo después del huracán María. Dos vecinos habían solicitado intervención ante la OGPe dos meses antes, sin embargo, la construcción inició sin ellos haber recibido aprobación o denegación de su solicitud.

Entonces pensamos: están construyendo sin permiso o les aprobaron el permiso a nuestras espaldas”, comentó Vélez. “Luego de radicar el recurso [ante el tribunal para solicitar que se detuviera la obra], el 17 de abril de 2018, OGPe aprueba la intervención, ocho meses después de haberla solicitado y cuando ya era académica”, apuntó.

Residencia de Jorge Vale Chaparro, vecino colindante con el proyecto de Innovattel Properties en Goyito Muñiz. / CPI | Gabriela Carrasquillo

 

Un escenario similar ocurrió en el barrio Guadiana, en Naranjito, y en Montones, en Las Piedras, ya que varios vecinos solicitaron intervención y la agencia no las atendió. Precisamente el año pasado, un tribunal revocó el permiso de construcción de la empresa QMC Telecom en Las Piedras debido a que la OGPe había incumplido con su propio proceso de participación ciudadana. En ese proyecto, la empresa proveyó datos distintos a la OGPe sobre la altura de la torre: a la Administración Federal de Aviación le indicó que tendría 190 pies de altura, mientras que a OGPe le notificó que tendría unos 180 pies.

En el pleito de vecinos de la comunidad de Naranjito, denunciaron además que la constructora incumplió con el proceso de notificación adecuada porque varios de ellos no recibieron las notificaciones sobre la construcción. Según Morales, esto se debe a que la OGPe requiere que los solicitantes utilicen las direcciones del registro de la propiedad del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), cuando la información de esa base de datos no está actualizada por retrasos de la propia agencia. Además, el Reglamento Conjunto indica que el registro del CRIM debe utilizarse como método alterno de notificación.

Estas son tres comunidades de una docena que mantienen casos en algún tribunal contra la OGPe por incumplir con sus propios procedimientos, o contra QMC Telecom. El director de operaciones de la empresa, Edgar Montañez, indicó que no comentarán sobre las controversias que se han dado en las comunidades porque están en un proceso legal.

Un argumento de la defensa de las comunidades Montones, Jaguas, Guadiana y Perla del Sur en Ponce, es que la empresa inició la construcción sin contar con un permiso final de la OGPe. Significa que, luego del visto bueno de la agencia comienza un periodo de 20 días para que las partes adversamente afectadas por la construcción tengan oportunidad de solicitar una revisión administrativa ante la agencia. Hasta tanto la OGPe no atienda y resuelva cualquier solicitud de revisión, la obra no debe iniciar, contrario a lo que sucedió en estas comunidades.

Según el informe parcial de una investigación del Senado, la OGPe había otorgado 1,916 permisos desde junio de 1999 hasta enero de 2011 para la construcción de torres. Ante la tendencia del procesamiento rápido de solicitudes, se le pidió a la agencia la cantidad de casos que han atendido de áreas ecológicas, a lo que el secretario auxiliar Gabriel Hernández Rodríguez indicó que no recuerda la última vez en que se procesó un caso para la construcción de alguna torre en alguna de estas áreas. Funcionarios indicaron que la OGPe no lleva cuenta de este tipo de casos.

“Nosotros lo que vemos son números”, expresó el secretario auxiliar de la OGPe para justificar por qué no puede precisar la cantidad de permisos que han otorgado para la construcción de torres. La gerente de Infraestructura de la OGPe explicó que el cambio de plataformas para el procesamiento de permisos durante los pasados años es otro obstáculo para identificar esta cifra.

Un aspecto que las comunidades consideran problemático es que aún cuando no se ha aprobado el permiso por OGPe, ya la empresa que propuso el proyecto ha pagado 100% de los arbitrios al Gobierno.

Según el Reglamento Conjunto, solicitudes de proyectos propuestos en áreas ecológicamente sensitivas deben atenderse individualmente a través de la Junta Adjudicativa de la OGPe para que se evalúen las características específicas del terreno. Dicha junta se compone por un miembro abogado, un miembro de la comunidad, el presidente de la Junta de Planificación y el presidente de la OGPe.

En estos casos, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) se convierte en una de las agencias que aprueba o no el permiso, además de la OGPe, y la comunidad tiene derecho a que se celebre una vista pública. Ninguna de estas tres disposiciones se cumplió en los casos que, a juicio de las comunidades, implican impacto a terrenos del carso, áreas inundables y suelos con alto nivel de agua subterránea. 

Disminuye el radio de 1 milla a 100 metros

La última enmienda al Reglamento Conjunto de 2020 contiene dos cambios que impactan el panorama de infraestructura de torres en Puerto Rico. Por recomendación del Negociado de Telecomunicaciones (NET), se disminuyó, de una milla a 100 metros (0.062 millas) el área que debe revisar esta misma agencia para evaluar si la construcción de una torre es estrictamente necesaria. No obstante, la OGPe puede aprobar un permiso aun si el Negociado no tiene la oportunidad de comentar, según su presidente, Ian Carlo Serna.

El segundo cambio se refiere a las áreas ecológicas. Antes, los casos ambientales eran considerados según las particularidades del terreno ante la Junta Adjudicativa, y ahora la decisión recae únicamente sobre el secretario auxiliar de la OGPe con las recomendaciones del NET, y no del DRNA.

El actual presidente del NET, Ian Carlo Serna, indicó que en Puerto Rico no está definida la cantidad máxima de torres que puede haber en un área determinada, pues depende de la demanda de servicios. Sin embargo, aclaró que esto se puede calcular tomando en cuenta las reglamentaciones de la Junta de Planificación.

El Negociado cuenta con un registro de las torres de todo el archipiélago, y es el que utiliza para evaluar si una construcción es necesaria. Pero el documento, que está disponible en su página web, no cuenta con los datos de todas las torres de Puerto Rico debido a problemas que enfrentan con la base de datos, según Serna. El documento actualizado fue provisto por el negociado al CPI.

La investigación del CPI encontró al menos tres casos donde la construcción de torres ha causado algún impacto ambiental.

Mira AQUÍ el Registro actualizado de torres.  

Goyito Muñiz: una muestra de los escenarios más extremos

“El preámbulo de la Ley 89 dice que se supone que mantenga la paz y el sosiego en las comunidades, y eso se rompió tan pronto ellos llegaron aquí”, recordó Wilson Rivera, coordinador del Frente de Comunidades Contra la Proliferación de Antenas, al referirse a la obra de construcción de Innovattel Properties en el sector Goyito Muñiz en Aguada.

La base de la torre fue construida sobre una formación cársica clasificada como Área de Planificación Especial de la Zona del Carso, y la torre ya fue instalada. El resto de la obra se detuvo desde que inició el año, y el pasado 14 de julio el Tribunal de Aguadilla concedió a Innovattel una orden “para conseguir que la Policía les de apoyo para continuar la construcción”, según la solicitud de reconsideración que sometió la defensa.

La OGPe validó en 2016 un permiso en el barrio Goyito Muñiz, Aguada, en un área del carso sin considerarla como un área ecológicamente sensitiva, como lo exige el Reglamento Conjunto. Esto significó que los residentes no tuvieron acceso a una vista pública. Todas las solicitudes de intervención de varios vecinos en el proceso del permiso fueron denegadas por esta agencia.

Durante el proceso, Innovattel Properties obvió la clasificación del terreno al expresar, en las notas geológicas del estudio de suelo, que el US Geological Survey (USGS) no contenía información específica sobre el área de construcción propuesta. Es decir, no encontraron información de que el área era zona cársica. Sin embargo, la plataforma en línea MIPR de la Junta de Planificación indicaba que el terreno estaba clasificado como un Área de Planificación Especial de la Zona del Carso.

Maria Maldonado Malfregeot, abogada de Innovattel Properties, mostró un documento en el que el DRNA aprobó la evaluación ambiental para la instalación en Goyito Muñiz. En el documento, de diciembre de 2015, la agencia expresó no tener objeción al proyecto “ya que el área se encuentra impactada”.

Pero el área había sido impactada anteriormente por la misma empresa, Innovatel Properties. Seis meses antes, el 5 de junio del mismo año, Jorge Vale Chaparro, el vecino colindante a la finca del proyecto, sometió una querella ante OGPe porque Innovattel accedió al terreno con maquinaria pesada, eliminó toda la vegetación, cortó la corteza terrestre y creó una planicie. Supo que se trataba de Innovattel Properties porque hacía un tiempo, un empleado de la empresa le contactó para negociar colocar la torre en su propiedad.

“Como dije que no, luego me llamaron para decirme que ya no estaban interesados en mi terreno, que consiguieron espacio en el terreno de al lado”, recordó Vale Chaparro. El 22 de junio, días después de someter la querella, personal de la Junta de Planificación visitó el área y documentó que “habían pasado máquina sobre el terreno”.

Residentes llegaron a someter una querella al DRNA para denunciar el impacto al área cársica, sin embargo, el vigilante que visitó el área no identificó ninguna irregularidad, según documentaron los vecinos en la página de Facebook de la comunidad. Media docena de residentes, entre ellos Echevarría, confirmaron la información posteriormente en entrevista con el CPI.

Para el momento en que inició el pleito contra la empresa Innovattel Properties, el terreno estaba clasificado como distrito sobrepuesto al Área de Planificación Especial de la Zona del Carso en la plataforma de la JP. Posteriormente la Junta eliminó dicha información del terreno impactado (y uno colindante).

La herramienta del portal MIPR es un mapa interactivo cuyo valor es de ‘referencia’”, aclaró la Junta de Planificación por medio escrito, firmado por Ivelisse Prado Ortiz, ayudante especial de comunicaciones y prensa. Según la agencia, errores o cambios como el mencionado anteriormente no afectan la validez de permisos ya otorgados. Sin embargo, Luis Sierra, secretario auxiliar de Permisos y Endosos del DRNA, indicó que esta plataforma MIPR es la que utiliza para evaluar las solicitudes que llegan al departamento para su consideración.

Residentes en la comunidad cuestionan el hecho de que el gobernador Pedro Pierluisi nombrara como miembro asociado de la JP a José Díaz Díaz en enero de 2021, quien trabajó durante dos años para Innovattel Services, una de las cinco empresas Innovattel relacionadas con el CEO puertorriqueño de la multinacional Torresec, Manuel Avilés. Por su parte, la Junta de Planificación aseguró que el ingeniero Díaz Díaz se ha inhibido de todo trámite con esta empresa o cualquiera relacionada.

“Los tribunales se están haciendo de la vista larga y dicen que no proceden (las denuncias de los vecinos). Innovattel somete un caso para que la Policía los escorte todos los días para poder construir, y ese sí lo ven”, contrastó el vecino Vale Chaparro, quien se encuentra gestionando una querella ante la Federal Communication Commission (FCC en inglés) en un intento por solucionar la controversia.

Innovattel Properties es una empresa creada en Puerto Rico que se ha extendido a países en Latinoamérica donde se conoce como Torresec. Comunidades en Argentina y Paraguay han denunciado a la empresa por incumplir con el proceso para la obtención de permisos. 

Montones: oídos sordos ante impacto a terreno con valor ecológico

En Montones, Las Piedras, la empresa local QMC Telecom Company solicitó un permiso de construcción ante la OGPe, y durante el proceso de evaluación del terreno, Miriam Velázquez y su esposo Rafael Agosto, quienes viven al lado de la torre, observaron cómo empleados de la empresa privada enterraron como unos “pilotes” para evaluar el terreno. Entonces, vieron que salió mucha agua debido al alto nivel del agua subterránea, conocido como nivel freático.

Tras dicho acontecimiento, Velázquez aseguró que la empresa no visitó el terreno hasta meses más tarde con un permiso para instalar la torre, sin que la OGPe considerara la solicitud de intervención de los residentes.

Según el ingeniero Sierra, secretario auxiliar de permisos en Recursos Naturales, la empresa debió notificarles sobre el acontecimiento del agua subterránea para consultar si la obra proseguía. A pesar de que los residentes sometieron una querella ante la agencia en 2018, que no fue atendida, la obra continuó sin que ninguna agencia supiera lo que sucedió.

Una situación similar ocurrió en el sector La Playita, en Salinas, cuando la constructora Innovattel Properties se dispuso a construir una torre dos días después del huracán María. Vecinos advirtieron al DRNA que, en el proceso de construir la base, habían visto surgimiento de agua. El departamento detuvo la obra en 2017.

Susana Pesquera Colom, abogada de Servicios Legales de Puerto Rico, comenzó a trabajar el caso por petición de la comunidad luego de aprobado el permiso de la empresa en 2017. “Luego de evaluar los expedientes, entendimos que no había un motivo por el cual pudiéramos lograr que se revocara ese permiso”, aseguró la licenciada Pesquera. Indicó además que un hidrólogo confirmó que el agua encontrada no provenía del acuífero del sur.

En el caso de la comunidad de Montones, aunque la clasificación del terreno indica que se trata de suelo rústico común, la finca queda en un enclave con terrenos colindantes que están clasificados como “suelo hídrico” de alto valor agrícola, lo que está relacionado con las cualidades de humedad del terreno. Además, se trata de un área protegida de la boa puertorriqueña y un corredor entre poblaciones de coquí Guajón, otra especie protegida, según el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos.

En uno de los piquetes que realizaron para evitar la entrada de la maquinaria pesada, mientras los vecinos protegían con su cuerpo la entrada principal, camiones con material de construcción accedieron al terreno designado por un camino alterno que es mucho más angosto, y dicen haber visto cómo llegaron, podaron un área de bambú sin tomar las precauciones federales requeridas en el expediente del permiso, dijo el licenciado Jesús Morales.

Los residentes sometieron querellas a la OGPe en 2019 que aún no han sido respondidas. El Tribunal de Apelaciones sí revocó el primer permiso de la empresa debido a que la agencia no cumplió con el procedimiento de participación ciudadana. Al momento la obra está paralizada, y QMC Telecom se encuentra en proceso de solicitar un tercer permiso para terminarla.

La Margarita: una construcción en zona inundable

La urbanización La Margarita, en Salinas, queda al lado del río Niguas, un área especial de riesgo de inundación según el mapa de inundaciones de 2009 de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, en inglés). En 2014, la empresa Wireless Solutions obtuvo un permiso de construcción de la OGPe para instalar una torre de telecomunicaciones.

Por tratarse de un área inundable, parte del diseño de la obra incluía una plataforma al lado de la torre para evitar que, cuando se desbordara el río, se mojaran los equipos al pie de la instalación. En 2016 Wireless Solutions colocó la torre, pero no se construyó la plataforma, pues la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, en inglés) intervino por incumplimientos con la Ley Nacional de Política Ambiental Cumplimiento Ambiental de las Torres de Comunicaciones (NEPA).

“La FCC contactó a todos los carriers y ninguno le dijo que estaba interesado en poner una antena ahí. La compañía de telefonía que había firmado contrato con la empresa fue AT&T. Era una multa de $250,000, y ahí nadie dijo ‘yo’”, recordó Wanda Ríos, residente que gestionó la denuncia ante la agencia federal. Además, indicó haber radicado una querella ante la OGPe en febrero, y aún no ha recibido respuesta.

El permiso data del 2013 y está a nombre de la constructora que inició el trabajo, Wireless Solutions, pero fue traspasado junto con el proyecto a Innovattel, según la empresa. Sin un permiso de construcción vigente, la comunidad alega que tres de los seis postes de electricidad que instaló Innovattel como parte del proyecto quedan en el cauce mayor del río, en área inundable en el mapa de FEMA, mientras el reglamento conjunto explícitamente prohíbe la construcción de proyectos como este en dichas áreas del cauce.

“Hemos presentado unos argumentos demostrando que la instalación no afecta en nada, y que eso no es área inundable, así como evidencia de que las agencias de gobierno aprobaron el diseño que se propuso”, comentó Maldonado Malfregeot, abogada de Innovattel Properties.

El proyecto en que esa empresa construiría la plataforma de nueve pies de altura con un área de 30 pies cuadrados fue paralizado por el Tribunal de Primera Instancia de Guayama en marzo, y luego por la FCC.

Según residentes, el área se inunda con regularidad y gran parte de los habitantes son retirados y de la tercera edad, y no cuentan con seguro de inundación. Para ellos, una construcción como esta agudizará el problema de inundaciones.

“Nuestra postura es sencilla: una pulgada de cemento en ese terreno es una pulgada más de agua en nuestras casas. No puede ser posible que se nos condene a mayores inundaciones para el lucro y beneficio de otra gente”, indicó la comunidad en un comunicado de prensa.

Se suma el incierto panorama de la radiofrecuencia

Además del aspecto de seguridad, otra preocupación ambiental de las comunidades son los efectos a la salud que podría tener sobre ellos la cercanía de las emisiones constantes de radiofrecuencia que experimentarían en sus hogares.

Los límites de radiofrecuencia permitidos por las antenas está reglamentado por la Federal Communications Commission (FCC). Esto implica que ningún Estado o territorio puede evitar la instalación de una torre por razón de los efectos de las ondas electromagnéticas en la salud, en el caso de equipos aprobados por la FCC.

El único efecto a la salud que considera la Comisión para regular el uso de las antenas es el efecto microondas que causa el calentamiento de la piel ante la exposición a altos niveles de radiofrecuencia. A pesar de que la FCC solo se basa en este aspecto para establecer guías de exposición segura, reconoce que, además, se habla de efectos “no térmicos”, niveles de exposición que no calientan el tejido. Esta agencia cataloga la evidencia en este aspecto como “ambigua y no probada” en su página web.

En 2015, la revista Europea de Oncología publicó el “International EMF Scientist Appeal”, una petición firmada por 215 científicos de 40 países que llaman la atención a la FCC sobre los efectos no visibles de los campos electromagnéticos (EMF, por sus siglas en inglés). El documento detalla que han publicado sobre 2,000 investigaciones sobre efectos de los campos electromagnéticos en la salud, incluyendo las torres celulares.

Ciertamente, el campo de los efectos de la radiofrecuencia en la salud es uno con perspectivas encontradas: agencias federales consideran que no se han probado convincentemente los efectos no visibles de la radiación que organizaciones científicas respaldan. A pesar de los puntos de vista opuestos, ambas partes coinciden en algo: no hay información suficiente para probar que es segura o que no lo es, y, por tanto, se requiere mayor investigación.

Sobre el tema, la Sociedad Americana del Cáncer expresó en una publicación que “la mayoría de las organizaciones de expertos están de acuerdo en que se necesita más investigación para ayudar a aclarar esto, especialmente para cualquier posible efecto a largo plazo”.

Ante un panorama difuso sobre el tema, decenas de comunidades que se enfrentan de primera mano a la expansión de infraestructura de telecomunicaciones en la Isla no solo se oponen a la construcción de torres cerca de sus hogares porque, ante sus ojos, sean construcciones ilegales, sino también porque implicaría la exposición diaria y constante a la radiofrecuencia que emiten las antenas.

El Frente de Comunidades Contra la Proliferación de Antenas reconoce que la mayoría de las comunidades afectadas son pobres, personas con condiciones de salud preexistentes y de la tercera edad. La mayoría de los grupos activos actualmente surgen de sectores de escasos recursos económicos: barrio Jaguas, en Gurabo; Montones, en Las Piedras; Goyito Muñiz, en Aguada; La Margarita, en Salinas; Barrio Maravillas Norte, Las Marías; y Contorno, en Toa Alta. Conozca aquí a algunos de sus residentes.

Sin foros efectivos que les consideren

Ante la falta de oportunidades efectivas de participación ciudadana, el Frente tomó la iniciativa de crear un proyecto de ley para sustituir la ley de construcción de torres actual para que responda a la realidad que han enfrentado. Fue presentado por primera vez en 2015 por María de Lourdes Santiago Negrón, y, en 2018 por Juan Dalmau Ramírez en el Senado y Denis Márquez en la Cámara de Representantes, todos del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP).

Tras no ser atendido, las comunidades actualizaron el proyecto, y las senadoras Santiago Negrón, y Rosamar Trujillo Plumey, del Partido Popular Democrático (PPD) lo presentaron por petición el pasado mes de abril como el P. S. 319. En la Cámara, se presentó como el proyecto P. C. 663 por los representantes Denis Marquez Lebrón, del PIP; Jesús Santa Rodríguez, del PPD; y Mariana Nogales Molinelli, del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC).

 

La comisión de Desarrollo Económico de la Cámara impulsó, en 2019, la ley que dio paso a la tecnología 5G en Puerto Rico. Contrario a la premura con la que se atendió la medida, el ente además recibió, pero no atendió, el proyecto de ley de las comunidades, una enmienda a la ley de torres de telecomunicaciones y una resolución para la investigación de un permiso de construcción. Sobre ello, el entonces presidente de la comisión, Víctor Pares Otero, indicó que desconocía los pormenores que sostenían los motivos de tales gestiones legislativas, sin embargo tenía clara la necesidad de que el territorio fuera pionero en todo Estados Unidos en proveer el servicio celular más moderno a la ciudadanía.

“La crisis mayor es que no hay un foro efectivo que atienda y proteja a la gente. Todas estas normas que se crearon para construir las torres se promulgaron bajo la lógica de proteger a las comunidades. El problema es que esas protecciones mínimas de mantener una distancia y notificar a los residentes [las empresas y agencias] no lo respetan”, concluyó el licenciado ambientalista Saadé.

Resaltó, además, que las empresas no respetan las determinaciones del tribunal cuando se les remueve un permiso, y así lo evidencia que en las comunidades afectadas más recientemente en Aguada, Gurabo y Las Piedras, Innovattel Properties y QMC Telecom obtuvieron exitosamente otro permiso o una enmienda al existente.

La OGPe no respondió a ninguno de los incumplimientos señalados por las comunidades respecto a los permisos en cuestión por falta de tiempo y personal, según la oficial de prensa de la agencia Jessica Colón.

La abogada ambientalista Erika Fontánez, profesora en la Escuela de Derecho de la UPR, opinó que “el Tribunal Supremo ha cerrado las alternativas para que las personas puedan defenderse. Si ya de antemano es difícil acceder a un tribunal, uno de los problemas que enfrentan las comunidades es que el mismo tribunal les cierra las puertas con la doctrina de standing”.

Explicó que es una manera en que la responsabilidad de demostrar el daño que sufrirá la gente recae sobre el ciudadano y no sobre el proponente de obras que impactarán a las comunidades y al ambiente. Para demostrarlo, el sector afectado debe costear el servicio de técnicos y peritos que resultan demasiado costosos y se suman a los gastos para la defensa, obtención de expedientes en las agencias y otros.

Luego de 10 años de lucha en los tribunales y en la calle, Víctor Rivera Pastrana estimó que la comunidad Altozano Sonador, en San Sebastián, invirtió poco más de $100,000 con los ahorros y recaudaciones de la comunidad para defenderse de la empresa QMC Telecom ante los tribunales, sin cuantificar los gastos del campamento que montaron los residentes.

“Nosotros ganamos en el Tribunal Supremo (en 2019), ganamos la lucha totalmente […] y lamentablemente lograron dejar la estructura instalada. No está en uso, pero sigue allí para simbolizar que ellos le ganaron a la comunidad, pues sacarla sería para ellos aceptar que una comunidad les ganó. Por nuestra parte, nosotros ganamos la conciencia comunitaria: la gente aprendió a defenderse y a perder el miedo”, reflexionó Rivera Pastrana.

Esta historia publica en Metro Puerto Rico gracias a un acuerdo colaborativo con el Centro de Periodismo Investigativo.

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