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Jueza se reserva el fallo en el caso contra Jensen Medina Cardona

La magistrada Gema González no indicó cuánto tiempo demoraría su análisis de la prueba antes de anunciar su determinación

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La jueza Gema González se reservó el fallo en el caso de asesinato de Arellys Mercado Ríos, crimen acontecido el 18 de agosto de 2019 por el que se acusa al cerrajero Jensen Medina Cardona.

“En el orden de los asuntos lo que le corresponde a esta juez es tener la oportunidad de volver a ver toda la prueba, analizarla, la prueba tanto pericial, testifical como documental y emitir mi fallo. Así que, en estos momentos, receso del tribunal”, dijo González tras escuchar el cierre del argumento final del ministerio público, a cargo del fiscal Yamil Juarbe.

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“Nosotros los fiscales somos la voz de las víctimas dentro y fuera de sala. Arellys tiene un mensaje. Tú me mataste. Tú me quitaste la vida”, exclamó Juarbe mientras apuntaba a Medina Cardona, sentado entre sus abogados en el banquillo de los acusados

“Hágame justicia a mí y hágale justicia a mi madre”, prosiguió Juarbe en su alocución ante la jueza González.

“Doña Nitza, yo no le puedo devolver a su hija en vida. Pero este rayo de luz que está aquí en la rama judicial le puede devolver a usted y el pueblo de Puerto Rico la fe en su sistema de justicia”, añadió el fiscal, dirigiéndose esta vez a Nitza Ríos, la madre de Mercado Ríos, quien ha estado presente en sala a lo largo del extenso proceso judicial.

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La defensa de Medina Cardona renunció, en enero de 2020, al derecho a un juicio por jurado, aunque posteriormente, a base de una sentencia del Tribunal Supremo estadounidense que concluyó que todos los veredictos de culpabilidad deben ser unánimes, intentó revertir su decisión. Sin embargo, la jueza González, del Tribunal de Fajardo, desestimó en febrero pasado la moción, por lo que el caso continuó ventilándose en un juicio por Derecho.

Antes de que González decretara un primer receso, a eso de las 11:30 a.m., la defensa de Medina Cardona, liderada por Jorge Gordon Menéndez, presentó igualmente sus argumentaciones finales, que se centraron en la teoría de que el disparo que mató a la joven no fue un acto intencionado del acusado, sino una consecuencia de un forcejeo entre el acusado y el grupo que acompañaba a la mujer.

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“El chispetazo viene de abajo hacia arriba precisamente en el momento del último empujón. ¿Cuál es el conocimiento, propósito e intención, según lo describe el Código Penal, del señor sin camisa (Medina Cardona) en ese momento? Ninguno. Están en un forcejeo donde los movimientos de los cuerpos, honorable juez, no existe intención de disparar”, subrayó el letrado.

Citando las disposiciones del Código Penal que describe los “comportamientos” que no constituyen “acción voluntaria”, Gordon Menéndez se refirió al texto que lee: “cualquier otro movimiento corporal que no sea producto del esfuerzo o determinación del actor”.

“Hay que tomar en consideración los actos voluntarios y queridos por el actor, y ver el resultado del mismo, si él quería ese resultado”, añadió el abogado.

Al momento de los hechos, Mercado Ríos había regresado al muelle de Villa Marina, en Fajardo, luego de un pasadía en bote junto a su novio, Joseph Howe, y otra pareja de amigos. Según ha trascendido en el juicio, Medina Cardona llegó a la escena en busca de un celular que, aparentemente, había olvidado en el área del muelle y que Howe había guardado en el bote con la intención de que alguien llegara a reclamarlo o entregarlo al personal de seguridad de la marina.

Gordon Menéndez, sin embargo, planteó en la argumentación de cierre que, al llegar Medina Cardona, el dispositivo no se le entregó de inmediato.

“Y sabía el señor Howe, su amigo, lo había guardado no para devolverlo, no para a quien viniera a reclamarlo se lo entregara, para quedarse consigo. Porque no lo había puesto, como dijo el señor Howe, sobre el asiento del capitán”, sostuvo el abogado en alusión al testimonio de Luis Torres Gómez, uno de los amigos de Mercado Ríos y Howe.

Gordon Menéndez también aludió a otra de las controversias que quedan pendientes sobre el caso, relacionada con la calidad de los videos de la escena que la fiscalía presentó en el juicio y puso a disposición de la defensa.

De acuerdo con la defensa, el ministerio público utilizó imágenes de Digital Video Recording, a pesar de que contaban con copias de los videos originales en tecnología de Network Video Recording (NVR), de mayor calidad. Por este motivo, la representación legal presentó ante el Tribunal Supremo una moción para que ordene un nuevo juicio, recurso que hasta el momento no ha sido resuelto por el máximo foro judicial.

“Se guardaron las mejores imágenes en el NVR para ellos. Por una sola razón… porque evidentemente, la mejor evidencia documental o digital se podía ver claramente los movimientos de las personas que estaban en el muelle de cemento y sobre el muelle de madera. Eso fue lo que sucedió. No fue hasta más de un año y medio después de los hechos, inesperadamente, que la defensa pudo obtener la mejor evidencia que hemos traído aquí ante su señoría, que es el NVR clonado. Donde las imágenes se ven claras y nítidas”, puntualizó Gordon Menéndez en el juicio, quien también expuso otros supuestos errores procesales de la investigación policiaca y el trabajo de la fiscalía.

Gordon Menéndez, quien se extendió por casi hora y media en su argumentación final, también aludió a que, en el grupo de Mercado Ríos, todos, con la excepción de Howe, habían consumido alcohol durante el pasadía.

Previamente, el fiscal Eduardo Beale había abierto la argumentación final por el ministerio público.

“Lo último que Arellys escuchó antes de morir fue que ella no sabía quién era Jensen. Dígale lo que es. Hágale culpable de lo que es: un asesinato”, le suplicó el fiscal a González.

“El acusado formó en su mente la intención de matar y en un tiempo después, ya sea inmediato o remoto, llevó a cabo esa acción previamente formada”, añadió Beale, a modo de justificación del cargo de asesinato en primer grado por el que se acusa a Medina Cardona.

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