Con el fin de combatir la discriminación contra las organizaciones religiosas, el representante del Partido Nuevo Progresista (PNP), Jorge Navarro, radicó un proyecto para crear un nuevo cargo electivo en las legislaturas municipales, los representantes de las comunidades de fe.
El Proyecto de la Cámara 116 (P.C. 1167) busca establecer que las comunidades de fe tengan derecho a elegir un representante en la asamblea legislativa municipal, los requisitos para ocupar el cargo y sus funciones.
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“Los municipios podrían adoptar un reglamento para viabilizar la elección de un representante de la comunidad de fe en la asamblea municipal” lee parte de la exposición de motivos en la que se detalla que este representante, al ocupar el cargo, brinde asesoría a estos cuerpos electos.
Según el proyecto, el representante será electo por el voto directo de los integrantes de fe registradas en el municipio a que corresponda, y tendrá un término de cuatro años que durará desde el segundo lunes de enero del año siguiente a la elección general en Puerto Rico, hasta el segundo lunes del mes de enero posterior a la elección general.
“El municipio notificará a las comunidades registradas sobre la vacante del cargo de representante de la comunidad de fe para ocupar el cargo en la Asamblea Municipal junto a las normas que regirán el proceso de elección. Los miembros de la comunidad deberán pertenecer a una denominación religiosa inscrita en el Registro de Comunidades de Fe en el Municipio”, lee la pieza legislativa.
Además de pertenecer a una e las organizaciones religiosas inscritas, los requisitos para poder aspirar a este puesto electivo entre las comunidades religiosas son saber leer y escribir, estar domiciliado y ser elector cualificado del municipio correspondiente, ser ciudadano de los Estados Unidos, ser residente del municipio por los pasados seis meses antes de su candidatura, no haber sido convicto de delito grave ni menos grave que implique depravación moral, no haber sido destituido de cargo o empleo por conducta impropia, no haber sido declarado mentalmente incapacitado por un tribunal y tener 18 años de edad o más.
Este representante electo tendrá voz pero no voto en la Asamblea Municipal ya que según se detalla, el fin de este cargo es brindar asesoría y consejo, y se tendrán que regir al reglamento del cuerpo y de las normas de conducta ética.
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De ser aprobada esta ley, el Gobierno municipal tendrá que habilitar un reglamento en el término de noventa días.
En entrevista con Metro Puerto Rico, Navarro defendió la medida al ser cuestionado si ya personas identificadas con el sector religioso pueden aspirar a los cargos electivos como el de legislador municipal. “Puede haber otros participantes u otros asambleístas que pertenezcan a un ente religioso, católico, protestante, dependiendo cual sea su preferencia, pero que se cree ese cargo específico con nombre y apellido, que la persona que se elija para esa posición tenga que ser una persona de la fe religiosa”, comentó a este medio.
“Hay una separación de Iglesia y estado pero en estos tiempos modernos la iglesia, o la fe religiosa, ha sido tan importante para el desarrollo de estas comunidades, y que tienen su voz, tienen su voto, a veces vemos como la iglesia pues promulgan algunas posturas dependiendo cual sea la inquietud que tengan en esa área, y lo que queremos es que esto vaya a discusión, que esa separación de iglesia y estado quede bien clara, que el hecho que tengan una posición no quiere decir que ellos se están aliando”, agregó.
“Hay una iglesia que adora a Satán, ¿tendrían derecho también a postularse a esa posición?”, se le preguntó a Navarro quien indicó que, “cuando hablamos de fe, del aspecto religioso, el proyecto así lo especifica, hablamos de lo que como todo el mundo conoce lo que son las iglesias de fe religiosa”.
Navarro indicó que la pieza legislativa define lo que es fe.
Aiola Virella colaboró en esta historia