Opinión

Alex Delgado: El Supremo y sus fuentes

Lee aquí la columna de opinión del periodista y director de programación de NotiUno.

La corrupción en el gobierno es uno de los principales cánceres de Puerto Rico. Muchos casos se logran descubrir gracias al trabajo de la prensa, pero, si esa prensa no tuviera fuentes, nada se sabría, o muy poco. He tenido suficientes fuentes periodísticas como para entender el miedo que sienten cuando se acercan a uno para revelar información. Su mayor preocupación es que se sepa sus identidades. El miedo no es porque están brindando una información falsa, es por temor a las represalias, a que les fabriquen casos como castigo por revelar actos de corrupción. No obstante, la indignación, la honestidad y el compromiso con la verdad vence el temor de esas fuentes, aunque no lo elimina.

Inculcar temor a las fuentes en el futuro utilizando el brazo judicial y amenazando con demandas para identificar quién reveló un caso de corrupción solo tendrá el efecto, aunque no sea el fin que buscan, de proteger a los corruptos.

Esta semana, el Tribunal Supremo de Puerto Rico revocó la orden del juez Hamed Santaella Carlo, del Tribunal de Ponce, y también del Tribunal de Apelaciones, que pretendía obligarme a revelar quién me entregó un informe del Negociado de Investigaciones Especiales que exponía que empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica presuntamente cobraban por debajo de la mesa para certificar contadores y acelerar la reconexión de energía tras el paso del huracán María. Se realizaron reportajes periodísticos con el informe. Por ahora, no tengo que revelar la fuente, pero el caso regresa a la sala de Santaella Carlo para que se dilucide la pertinencia de que yo revele la fuente. No quiere decir que el juez no va a ordenarme revelar mi fuente en un futuro, lo que, con el mayor respeto a su autoridad, anticipo y reitero que no podré acatar.

Unos de nuestros planteamientos es que la identidad de la fuente no tenía pertinencia a la hora de dilucidar si hubo difamación o no en el reportaje, como alega el demandante. Precisamente, ese fue el planteamiento esbozado en la sentencia de revocación del Supremo: que no se había determinado en los foros judiciales anteriores cuál era la pertinencia de saber quién fue la fuente para ver cómo eso incidía, si es que lo hacía, en poder probar que hubo la alegada difamación.

¿Por qué es importante la pertinencia? En los tribunales no se pueden ordenar las cosas “porque sí”, tiene que haber razones de peso. En este caso se alega que hubo una difamación porque se publicó una información falsa a sabiendas de que era falsa. Eso se dilucidará en su momento en el Tribunal. Lo que se publicó fue un documento del Negociado de Investigaciones Especiales y la parte demandante acepta que el documento es real.

¿Qué puede ser falso? Puede serlo el documento como tal, el contenido de manera parcial o de manera total. El documento ya se aceptó como real por parte del demandante, por lo tanto, queda saber si el contenido es correcto o no lo es y si había conocimiento previo de una o la otra. ¿Cómo se prueba que el contenido es correcto o incorrecto? Con pruebas que sustenten el planteamiento. Saber el nombre de la fuente no es pertinente para probar una cosa o la otra, lo es si el contenido del documento, repito, es correcto o no.

¿Sabe quiénes escribieron y firmaron el documento? Agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, que en aquel momento estaba adscrito al Departamento de Justicia.

El planteamiento del demandante para que revele la fuente es que el documento se sustrajo de un sumario fiscal y que eso es un delito. Entonces, ahí quien podría tener interés para reclamar que se cometió un delito y que eso afectó una investigación es el Departamento de Justicia, que ya dijo no interesa saber quién es mi fuente.

El documento es lo que es. ¿Es real? Sí. ¿Están los nombres de los que investigaron? Sí. El nombre de quién me dio el documento no determinará si hubo o no la alegada difamación y revelarlo solo servirá para quemarlo, castigarlo, tomar represalias en su contra y desalentar el que se denuncien casos de corrupción prospectivamente. Eso es lo que está en manos del Tribunal con este reclamo de que yo queme mi fuente, algo que, repito, no haré. Aunque, en mi opinión, el Supremo pudo haber resuelto finalmente, su sentencia revocatoria parece mostrar algún entendimiento de la importancia de proteger la identidad de las fuentes para este foro. Si volvemos nuevamente al Supremo en este caso, pues veremos cuál será su determinación final.

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