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Tony Soto considera que renuncia de O'Neill sería una prematura

El representante Antonio “Tony” Soto aseguró que el alcalde de Guaynabo Hector O’Neill aún debe esperar por que se complete el debido proceso antes de renunciar a su puesto.

“Quiero establecer categóricamente que yo no apoyo ni valido ni propicio y que estoy totalmente en contra de cualquier tipo de atropello, maltrato, sea hostigamiento sexual o laboral contra cualquier se humano”, expresó Soto.

“Mi posición firme y categórica es en ese tipo de acciones. Y entiendo que no se debepermitir en ningún ambiente de trabajo y en ningún lugar. Y que evidentemente si una persona incurre en ese tipo de acciones debe ser investigado y debe llegar hasta las últimas consecuencias”, agregó.

Soto mencionó que al alcalde de Guaynabo le asiste un proceso de ley y que el gobernador Ricardo Rosselló le ha dado ya instrucciones específicas a distintas agencias de Gobierno para que “investiguen hasta la saciedad” y lleguen a las “conclusiones pertinentes”.

Dijo que la conclusión que se llegue por parte de las agencias de Gobierno será final. “Yo entiendo que es prematuro entrar en esa consideración y se debe llevar la investigación”, dijo a preguntas de la prensa sobre si debe renunciar.

“Por otro lado entiendo que el alcalde, debido a la situación que está teniendo debe tener la prudencia y evaluar su posición para el beneficio del pueblo de Puerto Rico y de la gente de Guaynabo”, agregó.

Cuenta con su respaldo

El legislador aseguró que el alcalde O’Neill cuenta con su respaldo a nivel personal, así como la policía que realizó la denuncia.

De igual forma, sostuvo que el liderato de Ricardo Rosselló no está en problemas con la negación del alcalde a renunciar.  “El gobernador ha sido categórico y ha actuado de acuerdo a las facultades que tiene y/o como presidente del Partido Nuevo Progresista”, opinó.

Las expresiones de Soto se dieron al finalizar la vista pública del Proyecto de la Cámara 774, que propone añadir un artículo 7A a la Ley Número 103-2006, conocida como “Ley para Reforma Fiscal del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2006”, para que se pida una certificación por parte del Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto previo a la otorgación de gastos públicos.

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