Luego de que el secretario de Salud, Carlos Mellado, mediante una carta circular, eximiera a los profesionales de salud del requisito de obtener una certificación para ofrecer terapias a distancia durante este año, hay quienes cuestionan la eficacia de la Ley 48 de 2020 titulada “Ley para Regular la Práctica de la Ciberterapia en Puerto Rico”.
El Artículo 13 de esta pieza legislativa permite que “los profesionales de servicios de terapias” atiendan a sus pacientes a través de las telecomunicaciones sin la necesidad de tener una licencia oficial. Según la medida, estos profesionales son quienes practican la “fisioterapia, terapia ocupacional, terapia del habla-lenguaje, psicología, consejería, trabajo social, consejería en rehabilitación y terapia educativa”.
Para el psicólogo Leslie E. Maldonado Feliciano, quien califica la Ley 48 de 2020 como una “redundante” y “desenfocada”, no es necesario que los profesionales tengan una certificación adicional para ofrecer terapias a distancia, sino que es suficiente que los psicólogos posean una licencia provista por la Junta Examinadora de Psicólogos.
“Todo psicólogo que tiene licencia ya está certificado por el Estado para ofrecer esos servicios. No hace sentido alguno tener una certificación para ofrecer servicios mediante el uso de telecomunicaciones”, argumentó.
Asimismo, otra de las deficiencias que Maldonado Feliciano identificó es que la Ley 48 del 2020 “pretende hacer responsable o tener a cargo al Departamento de Salud de profesiones que no necesariamente están bajo” la agencia. Este es el caso de los trabajadores sociales y los consejeros en rehabilitación quienes están adscritos al Departamento de Estado.
Del mismo modo, el psicólogo calificó la medida como una “reproducción” de la Ley 168 de 2018 titulada “Ley para el Uso de la Telemedicina y la Telesalud en Puerto Rico” debido a que esta pieza legislativa ya regula a los terapistas físicos, terapistas ocupacionales, quienes también se mencionan en la Ley 48 del 2020.
Maldonado Feliciano atribuyó los defectos de la medida al hecho de que se aprobó por descargue y sin vistas públicas en la Cámara de Representantes.
“Esto es lo que está escrito en el proyecto tal y como está, sin revisión ni análisis, sin correcciones. Por ahí mismo corre el proceso legislativo y la (ex) gobernadora (Wanda Vázquez), a pesar de las expresiones que hubo de la Asociación de Psicología y de otras entidades, pues no se detuvo a reflexionar la medida o a pedir que se reconsiderara”, denunció.
En la Legislatura
Para el representante del Partido Independista Puertorriqueño (PIP), Denis Márquez Lebrón, quien votó en contra de la medida, la Ley 48 del 2020 no debía proceder debido a que no se tomó en cuenta la opinión de los profesionales que cobija la misma.
“Hablé con la gente de la Asociación de Psicología, hablé con madres y padres de educación especial y había preocupaciones con el contenido del proyecto y con el mecanismo y por lo tanto me parecía que no se debía aprobar”, admitió al referirse al contenido del voto explicativo que sometió ante la Cámara.
Sin embargo, el legislador mostró interés para “radicar algún tipo de resolución de investigación sobre el tema” con el propósito de fiscalizar la aplicación de la medida.
“Me parece que tiene que haber algún tipo de intervención legislativa sobre este asunto particularmente porque si se emite una carta circular (…) cómo la puedes atemperar con la legislación”, reiteró Márquez Lebrón al hacer referencia a la misiva que envió el Departamento de Salud para extender la práctica de la ciberterapia sin una certificación oficial.
Favorecen la reglamentación
Por su parte, la trabajadora social clínico, Maritza Ocasio, respalda la aprobación de una licencia que regule los servicios terapéuticos a distancia, pero que sea “costo efectiva” para el proveedor y “adecuada” para el beneficio del paciente.
“Tener esa certificación puede ser beneficioso porque puede hacer que los profesionales estemos más orientados y capacitados para aceptar en nuestra práctica la ciberterapia”, indicó.
En cambio, el doctor Maldonado Feliciano propuso “adoptar una ley de telesalud mental del comportamiento” y que los gremios que representan a cada profesión regulen la práctica de los servicios a distancia.
“Que armonice las situaciones de las credenciales, los grupos profesionales, los servicios permitiendo que cada junta examinadora pueda mantener el proceso de autorregulación de su grupo”, finalizó.
En diciembre pasado, Metro reportó sobre la falta de un reglamento final para estas terapias. En aquella ocasión, se apuntaba a que para enero podría estar el reglamento aprobado, mas lo que sucedió fue la extensión del período de gracia para la certificación. Pacientes y profesionales de la salud hablaron con este diario sobre los beneficios de las ciberterapias, pero plantearon la incertidumbre por falta de un reglamento final.