En la jornada final de aprobación de medidas legislativas, el Senado aprobó el Sustitutivo del Proyecto de la Cámara 1839, con enmiendas, con el objetivo de promulgar la “Ley para Establecer un Sistema Contributivo Simple y Equitativo para todos los Puertorriqueños”.
El Sustitutivo del Proyecto de la Cámara 1839 pasó por un proceso de revisión exhaustivo. La Comisión de Hacienda del Senado, bajo la dirección de Juan Zaragoza Gómez, presentó enmiendas cruciales, incluyendo la modificación de las tasas contributivas para aliviar la carga fiscal de los contribuyentes con ingresos en el rango de $41,500 a $300,000. Esta modificación redujo las tasas impositivas al 22% y al 30% respectivamente, como se establece en el informe de la Comisión.
Además, se realizó un ajuste en el costo de vida, basado en la tasa de inflación promedio de los primeros nueve meses del año fiscal en curso. También se espera que el Secretario de Hacienda presente una propuesta para los años venideros.
Esta medida legislativa introdujo enmiendas a varios aspectos del marco fiscal, incluyendo el Código de Rentas Internas, la Ley General de Corporaciones, el Código Municipal, el Código de Incentivos Contributivos, entre otros. El impacto económico y fiscal de estas reformas se evaluó, cumpliendo con el Código Municipal de Puerto Rico. La Comisión de Hacienda concluyó que la medida no tendría un impacto negativo en los presupuestos de los municipios, ya que no generaría obligaciones adicionales que excedieran los ingresos disponibles de los gobiernos locales.
“Esta Asamblea Legislativa reconoce el reto sin precedentes que enfrenta el Gobierno de Puerto Rico para retener a sus mejores talentos mediante el diseño de una estructura de compensación verdaderamente competitiva. No obstante, la segunda fase del proceso de revisión propuesta mantiene una política económica conservadora, fundamentada en la razonabilidad y la prudencia fiscal, al principalmente establecer un salario base adaptado a la realidad del mercado laboral y restituir la estructura de compensación porcentual vigente con anterioridad a la aprobación de la Ley 105, supra”, sostiene la medida en su exposición de motivos.
Los salarios base establecidos incluyen $107,000 para fiscales de distrito, $93,090 a $120,589 para fiscales auxiliares IV, $90,950 a $116,698 para fiscales auxiliares III, $85,600 a $110,745 para fiscales auxiliares II, $80,250 a $98,440 para fiscales auxiliares I, y $85,600 a $110,745 para procuradores de familia y de menores.
Adicionalmente, se aprobó el Proyecto de la Cámara 1651, que buscaba enmendar la “Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral” (Ley 4-2017). Estas enmiendas tenían como objetivo restablecer y ampliar los derechos laborales aplicables a la empresa privada, disminuir el período probatorio, restablecer protecciones contra el despido injustificado y ajustar la fórmula para calcular la acumulación de licencias por vacaciones y enfermedad. Esta medida amplió dicho beneficio a los empleados a tiempo parcial y restableció el período prescriptivo para reclamar los beneficios derivados de un contrato de empleo.
La Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales, presidida por la senadora Ana Irma Rivera Lassén, respaldó estas enmiendas y reconoció que si bien no subsanaban todos los desafíos que habían enfrentado los trabajadores con las políticas de austeridad impuestas en el pasado, representaban un paso importante hacia la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras, y hacia la reactivación de la economía puertorriqueña.
Igualmente, fue aprobada la reconsideración del Proyecto del Senado 264 del presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, para crear la “Ley para Reglamentar la práctica en Terapéutica Atlética y regular la profesión de los Terapeutas Atléticos”, creando la Junta Examinadora de Terapéutica Atlética.
También, fue aprobado el Proyecto del Senado 1185 presentado por petición a través del senador del Partido Popular Democrático, Ramón Ruíz Nieves, para establecer la “Ley Especial de Traspaso de Facilidades a los Municipios para la Otorgación de Usufructo Libre de Costos a favor de Clubes de Pesca Recreativa en Puerto Rico”.
“No es pasarle la titularidad, es permitirle que a través de usufructo pueda entrar el municipio, como se hizo ya en el área este del país, a administrar estas facilidades, que son los embalses, las área recreativa de los embalses, y de esta forma le permitan a los clubes de pesca en Puerto Rico entrar a administrar y mantener estas propiedades. ¿Por qué no se le transfiere la titularidad a los clubes de pesca? Porque es una responsabilidad del Estado mantenerlo, y si mañana se disuelve a un club de pesca de esto, ¿quién se queda entonces con la titularidad? Y lo que envuelve el proyecto es precisamente crear una ley especial de traspaso de facilidades a los municipios para la autorregulación de su fruto a los clubes de pesca en Puerto Rico”, dijo Ruíz Nieves en un turno.
Entre otras medidas aprobadas se encuentran los Proyectos del Senado 866, 867; los Proyectos de la Cámara 750, 859, 1470, 1553, 1826, 1839 y las Resoluciones Conjuntas de la Cámara 212, 254, 265, 483, 490 y 518.